Cursos de formación y LOPD

Utilización de las bonificaciones de la Formación a través de la Fundación Tripartita para adaptar las empresas a la LOPD.

Es práctica habitual en muchas empresas del sector de la formación ofrecer, a través de las bonificaciones a que tienen derecho los trabajadores, “regalos” como páginas web, adecuación a la ley de prevención de riegos, planes de alérgenos, y  adaptación de las empresas a la Ley Orgánica de Protección de datos, entre otras. Cuando no llega a acuerdos con el empresario para repartir el crédito sin la realización real del curso de formación.Fundacion Tripartita

Los cursos de formación tienen un coste, y las empresas que lo imparten y lo hacen bien, saben que no pueden, no sólo legalmente, sino en su estructura de costes, realizar estas prácticas, puesto que la actividad que pueden ofrecer a cambio tiene otro coste adicional.

Hay empresas que siendo empresas de formación también lo son de diseño web, consultoras, etc., y aprovechando su estructura, generalmente actuando como grupo de empresas independientes para “no levantar sospechas”, ofrecen los cursos de formación y a cambio de la firma del contrato de adhesión, “regalan” estos servicios. Lo que sucede es que ni se imparten y desarrollan cursos de calidad, ni generalmente el “regalo” es de la calidad esperada o deseada. El ejemplo lo tenemos con empresas que están ofreciendo cursos de formación y a cambio adaptan la empresa a la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Aparte de ser totalmente ilegal, el trabajador no recibe una formación real o no es de calidad, y la adaptación a la Ley Orgánica de Protección de Datos se suele hacer de forma que no cumple con todos los requisitos indispensables, puesto la estructura de costes necesaria para la correcta implantación y mantenimiento activo y consultoría en esta materia conlleva costes, que sumados a los de la formación, harían que las empresas que realizan esta práctica no obtuvieran beneficios. Por lo tanto la deficiencia en el servicio de ambos productos ha de existir para que pueda surgir ese beneficio.

Hemos hablado de la parte económica del problema, pero lo fundamental es que es totalmente ilegal realizar esta práctica.

Hay serias advertencias de la Fundación Tripartita al respecto. Tenga en cuenta que como empresa usted también será sancionado si realiza esta práctica. La empresa de formación recibirá la sanción correspondiente, pero usted tendrá que devolver los créditos que se haya bonificado al realizar este tipo de acción.

Según la Fundación Tripartita:  «Las actuaciones realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal han dado lugar, en ocasiones, a la imposición de sanciones a las empresas ofertantes de los citados servicios de protección de datos de carácter personal, así como a la devolución de las bonificaciones practicadas en materia de formación en el empleo por parte de las empresas. Sin perjuicio de ello, podrá darse traslado de los hechos constatados y de las evidencias obtenidas tanto a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como a los órganos administrativos pertinentes en materia de Defensa de la Competencia.»

Por otro lado el riesgo es mayor aún, puesto que lo normal es que la consultoría en LOPD no sea de la calidad suficiente y por lo tanto haya deficiencias importantes en su adecuación a la LOPD, por lo que se puede encontrar con sanciones por parte de la AEPD, creyendo que usted cumplía con la ley.

Ante cualquier inspección de oficio, o por denuncia, usted puede salir perjudicado, y la falta de información al respecto no le va a exonerar de la sanción que la administración le imponga. Tanto usted como la empresa de formación están cometiendo un fraude al utilizar unos recursos que están muy claros legalmente para qué han de ser utilizados, y no cabe precisamente ese «regalo» de la adaptación de su empresa a la LOPD.

Es muy importante que si alguna empresa le ofrece este tipo de servicio lo ponga en conocimiento de la autoridad pertinente, por la legalidad vigente, por la competencia desleal, porque el servicio que al final va a tener no va a ser de suficiente calidad, por sus trabajadores que son los verdaderos beneficiarios de la formación: no usted como empresario, por la formación de calidad y por la buena praxis, además de por la realización correcta de la adecuación a la LOPD ( tenga en cuenta que si no tiene una adecuada adaptación a la LOPD también tendrá consecuencias legales ), etc.,

Le dejamos enlaces a los que puede acudir en estos casos:

Fundación Tripartita (Nota de prensa 1, Nota de prensa 2). En ellas encontrará la información, correo electrónico de la Fundación para realizar su reclamación.

Asociaciones de Buena Praxis.

Si es una empresa como la nuestra y desea realizar una denuncia también puede realizarlo ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Contacte con nosotros y realice una adecuación a la LOPD en Sevilla de calidad. CLGestión, como asesoría y gestoría en Sevilla, pone a su disposición profesionales con años de experiencia. Póngase en buenas manos!

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