Modificaciones Fiscales del Proyecto de Ley de PGE 2021

El pasado 31 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Con estos Presupuestos se pone fin a los presupuestos de Cristóbal Montoro de 2018, prorrogados hasta este año

Tras la publicación del Proyecto de Ley de PGE 2021, las principales medidas incluidas afectan al Impuesto de Sociedades (IS), Impuestos Especiales (II.EE.), en cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se sube el tipo al 21% de las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares añadidos, y se implantan cuatro nuevos impuestos:

  1. Impuesto sobre residuos en vertederos e incineración
  2. Impuesto sobre envases de plástico
  3. Impuesto sobre determinados Servicios digitales (Tasa Google)
  4. Impuesto sobre Transacciones Financieras (Tasa Tobin)

En su elaboración no se han tenido en cuenta aquellos sectores más perjudicados por la crisis pandémica, en especial, autónomos y pequeñas empresas. Frente a las medidas adoptadas por los países de nuestro entorno basadas en la bajada de impuestos e incentivos a las empresas para relanzar sus economías, en España se ha optado por otro modelo. Se trata de un modelo de Presupuestos en el que el gasto público aumenta en 70.000 millones de euros respecto a 2019, además de una subida de impuestos a contracorriente de nuestros países vecinos. Países en los que, además, la tasa de paro se sitúa en el 8,1%, mientras que en España se sitúa en torno al 16% (sin computar a las personas que se encuentran en ERTE).

Entre las medidas propuestas destacan las siguientes:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

Se crearán nuevos tramos de IRPF en la escala estatal tanto para las rentas generales como las del ahorro. En la primera aumentará en dos puntos (hasta el 24,5%) el gravamen para la base imponible general a partir de 300.000 euros y en 3 puntos para rentas del capital que excedan de los 200.000 euros (hasta el 26%). Consecuentemente, también se verá modificada la escala aplicable de retenciones.

Igualmente se modifican las escalas aplicables a los trabajadores desplazados a territorio español.

Revisión del límite aplicable a la reducción por aportaciones a planes de pensiones o mutualidades de previsión social de 8.000 euros a 2.000. Este límite puede incrementarse para las contribuciones empresariales.

IMPUESTO DE SOCIEDADES

Los presupuestos incorporan una reducción en el porcentaje de la exención prevista en el artículo 21 de la Ley del Impuesto de Sociedades para dividendos y rentas derivadas de la transmisión de participaciones en entidades tanto residentes como del extranjero. Dicha exención pasará del 100% al 95%, tributando al 5% dichas rentas en concepto de gastos de gestión de la participación.

Sin embargo, esta reducción en el porcentaje de exención no será aplicable en los casos en los que la cifra de negocios sea inferior a los 40 millones de euros.

Hasta la fecha, los gastos financieros se consideran deducibles con el límite del 30% del beneficio operativo del ejercicio. Se prevé que para el cálculo de este beneficio se sumen los beneficios que procedan de entidades en las que se participe en al menos un 5%.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Se prevé el aumento de este impuesto para grandes fortunas (más de 10 millones de euros) en el ámbito estatal, de 2,5% a 3,5%, si bien este incremento sólo resulta aplicable en aquellas CCAA que no hayan aprobados sus propios tipos de gravámenes autonómicos, al tratarse de un impuesto cuyo rendimiento está cedido en su totalidad a las CCAA.

Se establece la vigencia indefinida de este impuesto.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES (IRNR)

Se adecúa la exención para los intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como para las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos sin mediación de establecimiento permanente, por residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea, si existe efectivo intercambio de información tributaria.

Por otro lado, en consonancia con la medida que se introduce en el Impuesto sobre Sociedades, se modifica la exención relativa a los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en territorio español a sus matrices residentes en otros Estados integrantes del Espacio Económico Europeo (EEE). Como único requisito de participación directa e indirecta, se exige al menos el 5 por ciento, siempre que se cumplan las restantes condiciones establecidas en el texto refundido de la Ley del Impuesto.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)

En la regla de cierre para la localización de determinados servicios, se considerarán realizados fuera de la Comunidad, aun cuando su explotación efectiva se realice en el territorio de aplicación del impuesto aquellos prestados en Canarias, Ceuta y Melilla.

Se incrementará el gravamen para bebidas azucaradas y edulcoradas desde el 10% hasta el 21%.

OTRAS MEDIDAS

  1. Incremento en el tipo del impuesto sobre primas de seguros.
  2. Reducción de la bonificación del diésel en el impuesto sobre hidrocarburos.
  3. Se introducen nuevos epígrafes en el Impuesto de Actividades económicas.
  4. Las tasas de cuantía fija verán incrementado su importe en un 1%, excepto para tasas que se hayan creado o actualizado desde 2019 o el de las tasas sobre el juego.
  5. Se fija el interés legal del dinero en el 3% y el de demora tributario en un 3.75%.
  6. Se fija el IPREM en 2021 en 6.778,80 euros (anual)

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