CUOTA AUTÓNOMO 2016
Trabajadores Por Cuenta Ajena
La base de cotización para este año 2016 queda comprendida entre los 893,10 € / mes de Base mínma y los 3.642,00 € / mes de Base Máxima.
Cuota de Autónomo por Ser Administrador o Consejero de Una Sociedad mercantil
Si prestas servicios para una sociedad en el que tienes el control efectivo de la misma y se haga de manera habitual, personal y directa, no podrás acogerte a la base mínima reflejada en el aparatado anterior. La base mínima coincidirá con la base mínima del grupo 1 que para este año 2016 asciende a la cantidad de 1.067,40 € / Mes y la base máxima seguirá siendo de 3.642,00 € / Mes.
Ejemplos de la cantidad a pagar al mes por las tarifas mínmas
Si hemos optado solamente por la cobertura de Incapacidad Temporal — 267,04 € / Mes
Tarifa Plana 2016
Mayor de 30 Años
- Primeros 6 Meses – 50 € / Mes
- Del mes 7 al 12 – 133,52 € / Mes
- Del mes 13 al 18 – 186,92 € / Mes
Menor de 30 año (Mujer Menor de 35 años)
- Primeros 6 Meses – 50 € / Mes
- Del mes 7 al 12 – 133,52 € / Mes
- Del 13 al 30 – 186,92 € / Mes
Cuadro Públicado por la TGSS
Base Mínima euros/mes | 893,10 €/mes |
---|---|
Base Máxima euros/mes | 3.642,00 €/mes |
Base de Cotización menores de 47 años ó con 47 años. |
|
Base de Cotización 48 ó más años de edad. |
|
Base de Cotización 48 ó 49 años de edad. |
|
Base cotización mayores 50 años con 5 ó más años cotizados. |
|
Tipo con I.T. |
29,80 por ciento 29,30 por ciento con cese de actividad o con AT y EP |
Tipo sin I.T. | 26,50 por ciento |
Tipo AT y EP (conI.T.) |
Tarifa primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre |
Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio: cualquiera que sea la edad del trabajador y los años cotizados de forma efectiva a la Seguridad Social, las bases mínimas de cotización de estos trabajadores (CNAE: 4781, 4782, 4789, 4799) durante el año 2016, serán:
1) Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado: a) Mercadillos menos de 8 horas día: opción de base mínima de autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos más de ocho horas día y trabajadores que no perciben ingresos directamente de los compradores: opción entre la base mínima régimen general (764,40 €/mes) ó base mínima de autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes para actividad CNAE 4799.
2) Trabajadores individuales: Opción entre la base mínima del régimen general (764,40 €/mes) ó base mínima de autónomos (893,10 €/mes) excepto: a) Si CNAE es 4799: entre la base mínima de autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos menos de 8 horas día: entre base mínima de autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes.
Los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2015 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, la base mínima de cotización será 1.067,40 euros/mes (grupo de cotización 1 del Régimen General)
Los trabajadores autónomos sin cobertura de AT y EP realizarán una cotización adicional del 0,10% sobre la cotización elegida, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
El tipo de cotización para la protección por cese de actividad será el 2,20% a cargo del trabajador.
El tipo por Contingencias Comunes (IT) para trabajadores con 65 años y 0 a 3 meses de edad y 36 años o más de cotización ó 65 años y 4 meses de edad y 35 años y 6 meses o más cotizados: 3,30% ó 2,80%.
No olvides que para cualquier aclaración te puedes poner en contacto con ClGestión tu Asesoría en Sevilla