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Obtención del consentimiento

El consentimiento como base para el cumplimiento de la normativa. Para la instalación y utilización de las cookies no exceptuadas será necesario en todo caso obtener el consentimiento del usuario. Este consentimiento podrá obtenerse mediante fórmulas expresas, como haciendo clic en un apartado que indique «consiento», «acepto», u otros términos similares. También podrá obtenerse infiriéndolo de una determinada acción realizada por el usuario, en un contexto en que a éste se le haya facilitado información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y de si van a ser utilizadas por el mismo editor y/o por terceros, de forma que quepa entender que el usuario acepta que se instalen cookies. En todo caso la mera inactividad del usuario no implica la prestación del consentimiento por sí misma. Para que dicho consentimiento sea válido será necesario que el que consentimiento haya sido otorgado de forma informada. Por tanto, es necesario tener en cuenta:

  1. Que las modalidades de prestación del consentimiento pueden ser variadas. La obtención del consentimiento a través de un “click” del usuario o de una conducta similar no cabe duda de que facilitará la prueba de que se ha obtenido. Esta fórmula puede ser más apropiada para usuarios registrados. La obtención del consentimiento que se infiere de una conducta de los usuarios es admisible, pero puede presentar mayores dificultades de prueba sobre su obtención. Esto dependerá, fundamentalmente, de la claridad y accesibilidad de la información que se le haya ofrecido para obtenerlos.
  2. Que el usuario deberá haber realizado algún tipo de acción consciente y positiva de la cual pueda inferirse el consentimiento del usuario.
  3. Que el usuario tendrá que haber sido informado previamente y con claridad de qué concreta acción suya será interpretada en el sentido de que acepta la instalación y utilización de las cookies. Por ejemplo, deberá informársele con claridad en aquellos casos en los que la solicitud por parte del usuario de un servicio sea interpretada a su vez como una expresión de su conformidad para que, además de proporcionarle el servicio, se pueda almacenar o acceder a la información en el dispositivo del usuario.
  4. Que el usuario, en todo caso, podrá negarse a aceptar las cookies, incluso en aquellos casos en los que como consecuencia de tal negativa la funcionalidad de la página web quede limitada o no sea posible.

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Fuente: AEPD

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