PRESCRIPCIÓN DE LA DEUDA
La prescripción de la deuda o dicho de otro forma, la posibilidad de reclamar el pago de la deuda nos es indefinida sino que prescriben.
Toda deuda tiene su fecha de caducidad y una vez llegada a este, prescribe y no se podrá reclamar.
Condiciones para que prescriba la deuda
El plazo varía entre 3 y 15 años dependiendo del tipo de deuda. En cualquier caso, existen dos condiciones que tienen que darse
- Que el acreedor no haya ejercido ninguna acción extrajudicial ni judicial mediante, por ejemplo, el venío de una carta o requerimiento notarial exigiendo el pago.
- Que el deudor no hay reconocido ni aceptado de forma expresa o tácita la deuda pendiente de pago